Traducido por: Mercedes Cruz Reyes
Madri/Espanha
merchitacruz@gmail.com
La finalidad de la
ley correccional no es punir puramente, entretanto igualmente es posibilitar la recuperación del criminal.
Para los especialistas del asunto, la pena es una respuesta punitiva
estatal contra un determinado
crimen y debe ser proporcional a la extensión del daño, jamás podrá violar la dignidad humana, pues estaría reparando un
error con otro error. La punición por
si sola no cambia el comportamiento
transgresor del ser humano socialmente preso, es preciso reeducarlo para que
pueda comprender la importancia de la libertad.
O adolescente marginalizado es, casi que invariablemente,
víctima de la desigualdad social, pues no tiene renta suficiente para usufruir
de bienes y servicios básicos, como es la salud, la educación, habitación
y ocio. Situaciones determinantes para que el joven se torne
rebelde o ansioso por
experimentar lo que en la vida le es suprimido.
Para tales adolescentes, el mejor recurso es el proceso de
resocialización; no con vistas a la represión judicial más si a la reinserción
de ese joven infractor en la sociedad
que el mismo rechazó. Por esa razón son
auspiciosos los programas de reeducación de esos jóvenes que tienden a aprovechar
las oportunidades que algunas instituciones de resocialización les proporcionan.
En Brasil existen algunas empresas que actúan semejante a
cierta red de supermercados que ofrece empleo y orientaciones a esos
adolescentes.
La red mantiene un programa titulado de “Gente de Futuro”,
proponiendo formar a los jóvenes para el mercado de trabajo, ofreciendo apoyo
a sus familias. El programa es
ejecutado en asociación con Fundación
Casa (antes FEBEM) para reclutar y contratar jóvenes que aun cumplen, o ya
cumplieron medidas socioeducativas, para actuar en los supermercados. (1)
La lógica del amor dice que los más concienciosos deben
ayudar a los más atrasados, los más inteligentes a los menos dotados
intelectualmente, el mayor al menor, y así en adelante, inoculando, por tanto
en el tejido social la vacuna del Evangelio al prójimo. El menor infractor, por
tanto, debe ser blanco de esa
providencia socioeducativa y de otros
recursos psicoterapéuticos, para su regreso a la buena convivencia social.
La reeducación de cualquier delincuente puede ser hecha por
medio de la implantación de frentes de
trabajo para la profesionalización, como vimos anteriormente, no apenas para quitar criminales apenados de la ociosidad, para igualmente abrir perspectivas de
integración futura en la sociedad. En
ese sentido reverenciamos los grupos de variadas denominaciones religiosas que desenvuelven excelentes
proyectos de recuperación del encarcelado, por intermedio de una efectiva programación
de visitas permanentes a los centros de reclusión. Tales religiosos promueven palestras de valorización humana,
divulgación doctrinaria, institución de voluntarios padrinos, contactos con
parientes, distribución de cestas
básicas para familiares de los
rehabilitantes, objetivando el aumento del índice de recuperación de los
internos en los presidios brasileños.
Hace dos mil años el Maestro ofreció importantes convites
sobre ese trabajo. Recordemos Sus consideraciones sobre la práctica de un
sublime código de caridad, ante las
cuestiones de la vida de los criminales: “Señor, cuando fue que te vimos
preso y no te asistimos? A lo que El
respondiera: “En verdad os digo -todas
las veces que faltasteis con la
asistencia a uno de estos más pequeños, dejasteis de tenerla conmigo mismo.” (2)
Solamente la experiencia del evangelio puede establecer las bases de la concordia,
de la fraternidad del Evangelio puede
establecer las bases de la concordia, dela fraternidad y constituir los
antídotos eficaces para minimizar la violencia que aun avasalla la Tierra. En
verdad, el hombre crece y se expande en
la medida en que se proyecta en el
corazón del semejante. Siendo así la realización de cualquier investimento de
solidaridad, ante los presos de menor o
mayor peligrosidad, se consubstanciará en el más elocuente actos cristiano.
La sentencia “perdona setenta veces siete veces” proferida por Jesús precisa ser aplicada al
límite máximo de nuestras experiencias cotidianas. Los Benefactores Espirituales nos instruyen que debemos
“amar a los criminales como criaturas
que son, de Dios, a las cuales el
perdón y la misericordia serán concedidos, si se arrepintieran, como tambien a
nosotros, por las faltas que cometemos contra su Ley.” (3) En muchos casos somos
“más reprensibles, más culpados de lo que aquellos a quien negamos
perdón y conmiseración, pues, las más de las veces, no conocen a Dios como Lo
Conocemos, y mucho menos les será pedido de lo que a nosotros.” (4)
Referências
bibliográficas:
1 Disponível em
http://sonoticiaboa.band.uol.com.br/noticia.php?i=5137 acesso em 18/07/2014
2 Mateus 25.31-46
3 Kardec, Allan . O Evangelho Segundo
O Espiritismo. Cap. XI “Amar o próximo
como a si mesmo - Caridade para com os criminosos”, RJ: Ed FEB, 1990
4 Kardec, Allan . O Evangelho Segundo
O Espiritismo. Cap. XI “Amar o próximo
como a si mesmo - Caridade para com os criminosos”, RJ: Ed FEB, 1990
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