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sexta-feira, 1 de agosto de 2014

LA REEDUCACIÓN SOLIDARIA DE LOS PENADOS (Jorge Hessen)



Traducido por: Mercedes Cruz Reyes
Madri/Espanha
merchitacruz@gmail.com


La finalidad de  la ley correccional no es punir puramente, entretanto igualmente  es posibilitar la recuperación del criminal. Para los especialistas del asunto, la pena es una respuesta  punitiva  estatal  contra un determinado crimen y debe ser proporcional a la extensión del daño, jamás podrá violar  la dignidad humana, pues estaría reparando un error con otro error.   La punición por si sola  no cambia el comportamiento transgresor del ser humano socialmente preso, es preciso reeducarlo para que pueda comprender la importancia de la libertad.
O adolescente marginalizado es, casi que invariablemente, víctima de la desigualdad social, pues no tiene renta suficiente  para usufruir  de bienes y servicios básicos, como es la salud, la educación, habitación y ocio. Situaciones determinantes para que el joven  se torne  rebelde o ansioso  por experimentar lo que en la vida le es suprimido.  Para tales adolescentes, el mejor recurso es el proceso de resocialización; no con vistas a la represión judicial más si a la reinserción de ese joven infractor  en la sociedad que el mismo rechazó. Por esa razón  son auspiciosos los programas de reeducación de esos jóvenes que tienden a aprovechar las oportunidades que algunas instituciones de resocialización les proporcionan.
En Brasil existen algunas empresas que actúan semejante a cierta red de supermercados que ofrece empleo y orientaciones a esos adolescentes.
La red mantiene un programa titulado de “Gente de Futuro”, proponiendo formar  a los jóvenes  para el mercado de trabajo, ofreciendo apoyo a sus  familias. El programa es ejecutado  en asociación con Fundación Casa (antes FEBEM)  para reclutar  y contratar jóvenes que aun cumplen, o ya cumplieron medidas socioeducativas, para actuar en los supermercados. (1)
La lógica del amor dice que los más concienciosos deben ayudar a los más atrasados, los más inteligentes a los menos dotados intelectualmente, el mayor al menor, y así en adelante, inoculando, por tanto en el tejido social la vacuna del Evangelio al prójimo. El menor infractor, por tanto, debe  ser blanco de esa providencia socioeducativa y de otros  recursos psicoterapéuticos, para su regreso a la buena  convivencia social.
La reeducación de cualquier delincuente puede ser hecha por medio  de la implantación de frentes de trabajo para la profesionalización, como vimos anteriormente,  no apenas para quitar criminales  apenados de la ociosidad,  para igualmente abrir perspectivas de integración  futura en la sociedad. En ese sentido reverenciamos los grupos de variadas  denominaciones  religiosas que desenvuelven excelentes proyectos de recuperación del encarcelado, por intermedio de una efectiva  programación  de visitas permanentes a los centros de reclusión. Tales religiosos  promueven palestras de valorización humana, divulgación doctrinaria, institución de voluntarios padrinos, contactos con parientes,  distribución de cestas básicas  para familiares de los rehabilitantes, objetivando el aumento del índice de recuperación de los internos en los presidios brasileños.
Hace dos mil años el Maestro ofreció importantes convites sobre ese trabajo. Recordemos Sus consideraciones sobre la práctica de un sublime  código de caridad, ante las cuestiones de la vida de los criminales: “Señor, cuando fue que te vimos preso  y no te asistimos? A lo que El respondiera: “En verdad os digo  -todas las veces que faltasteis  con la asistencia a uno de estos más pequeños, dejasteis  de tenerla conmigo mismo.” (2)
Solamente la experiencia del evangelio  puede establecer las bases de la concordia, de la fraternidad del Evangelio  puede establecer las bases de la concordia, dela fraternidad y constituir los antídotos eficaces para minimizar la violencia que aun avasalla la Tierra. En verdad, el hombre crece y se expande  en la medida  en que se proyecta en el corazón del semejante. Siendo así la realización de cualquier investimento de solidaridad, ante los presos de menor  o mayor peligrosidad, se consubstanciará en el más elocuente actos cristiano.
La sentencia “perdona setenta veces siete veces”  proferida por Jesús precisa ser aplicada al límite máximo de nuestras experiencias cotidianas.  Los Benefactores Espirituales nos instruyen  que debemos  “amar a los criminales como criaturas  que son, de Dios, a las cuales  el perdón y la misericordia serán concedidos, si se arrepintieran, como tambien a nosotros, por las faltas que cometemos contra su Ley.” (3) En muchos casos  somos  “más reprensibles, más culpados de lo que aquellos a quien negamos perdón y conmiseración, pues, las más de las veces, no conocen a Dios como Lo Conocemos, y mucho menos les será pedido de lo que a nosotros.” (4)
    Referências bibliográficas:
    1         Disponível em http://sonoticiaboa.band.uol.com.br/noticia.php?i=5137 acesso em 18/07/2014
    2         Mateus 25.31-46
    3         Kardec, Allan . O Evangelho Segundo O  Espiritismo. Cap. XI “Amar o próximo como a si mesmo - Caridade para com os criminosos”, RJ: Ed FEB, 1990
    4         Kardec, Allan . O Evangelho Segundo O  Espiritismo. Cap. XI “Amar o próximo como a si mesmo - Caridade para com os criminosos”, RJ: Ed FEB, 1990

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