Traducido por: Mercedes Cruz Reyes
Madri/Espanha
merchitacruz@gmail.com
Evidenciaremos algunas historias tácticas (trampas abortistas) arquitectada bajo macabra cronología (año tras año) en la Patria del Evangelio. No será difícil identificar las ofensivas de las fundaciones abortistas internacionales, de la manipulada ONU, de los mal intencionados gobiernos brasileños y de las ONG (creadas en Brasil como estrategias abortistas, patrocinadas por instituciones extranjeras), mirando, desde 1988, la implantación de una agenda externa y financiamiento milenario, en el intento de simplificar el “asesinato de bebes” en el útero materno.
En la “Patria del Evangelio y Corazón del Mundo”, el trabajo sistemático para elevar la flámula abortista se inicio al final de los años 80, como dije antes, siempre patrocinado por capital extranjero para la creación de redes de ONG pro aborto en Brasil. Una de las aberturas para la práctica del exterminio de bebes en el útero fue llevada a cabo hace más de 20 años en la implantación del primer servicio de abortos (en caso de estupro) en San Paulo.
En 1990, a través de la objeta Fundación MacArthur, de los (EUA), asesorada por incautos profesores de la UNICAMP (algunos miembros de la Consejo de las organizaciones Rockefeller), se inicio el cronograma de trabajo arbitrando borrar el Código Penal de todos los dispositivos que criminalizan el aborto en Brasil.
En la década de 1990, la Fundación Ford instituyo el emblemático concepto de “derechos sexuales y reproductivos” y pasó a organizar varias ONG feministas y promotoras de los ideales de la muerte de los bebés en el útero, incluyendo infligir la nuevo ideología de la muerte en la Organización de las Naciones Unidas, que por su vez delibero reconocer, en la Conferencia del Cairo, los “derechos sexuales y reproductivos” y en 1995 acepto, en la Conferencia de Pequín, los conceptos fundamentales de la “ideología de género”, pasando a presionar a todos los países (que aun no habían legalizado el aborto) a liberalizar el castigo de la muerte del bebé en el útero, denunciándolos de violar los derechos de las mujeres sobre sus cuerpos.
En 1998.el gobierno brasileño sancionó la norma técnica sobre los servicios de asesinatos de bebes en el útero. La regulación, en vez de ser denominada Norma técnica sobre procedimientos de aborto en casos de estupro, recibió el ·romántico” epíteto de Norma técnica sobre el tratamiento de los agravios en el tratamiento de las lesiones de la violencia contra las mujeres. La nueva regla permitió y extendió el aborto (en casos de estupro) del tercero hasta el quinto mes de embarazo. La notoria norma estableció que para la realización del homicidio del indefenso bebe en el útero basta la presentación de un “B.O.” Informe de la policía de la presunta víctima de "violación".
En la ocasión, con el apoyo financiero de la Fundación MacArthur execranda, se inauguraron los "foros inter-anuales para la ejecución del atendimiento al aborto provisto en la norma técnica”, congregando a todos los profesionales envueltos en los servicios de asesinatos de bebes en el vientre (en casos de abuso sexual).
En el 2005 el gobierno encamino el proyecto que proponía matar al bebe en el vientre materno, por cualquier motivo, durante los nueve meses de embarazo. Con todo el abominable proyecto fue reprobado en 2008, considerado inconstitucional en la Comisión de Constitucionalidad de la Cámara de los Diputados.
En el 2012, el Supremo Tribunal Federal (STF) decidió por la legalización de la interrupción de la gravidez en caso de fetos en encefálicos. Obviamente los magistrados de la suprema corte desconocen que un feto, aunque "anencefalo",, no puede perder la dignidad ni el derecho de (re) nacer.
Los abortistas causídicos el "anencefálico" alegan que en el no hay un ser humano. Sin embargo ese juicio jamás podría ser aplicado al “anencefalo” . “que se compone en un organismo humano vivo, y por eso la única actitud ajustada con el Derecho a la vida es la de la compasión, de la indulgencia, para con el feto de malformación encefálica.
Aunque el feto sea portador de otras lesiones graves e irreversibles, físicas o metales, el cuerpo es el instrumento del que el Espíritu necesita para su evolución, pues solamente en la experiencia reencarnatoria tendrá condiciones de reorganizar su estructura desequilibrada por acciones que practicó en desacuerdo con la Ley Divina. Se da, tambien, que el se programe en un hogar cuyos padres, en la gran mayoría de las veces, están comprometidos con el drama que precisan igualmente pasar por esa experiencia reeducativa.
En marzo del 2013, el gobierno presentó, para votación urgente e inmediata, como un “homenaje” al Día Internacional de la Mujer, un proyecto de ley sobre el “Tratamiento de los agravios a la violencia contra la mujer”. El día uno de agosto de 2013, el gobierno sancionó la Ley 12.845/2013, conocida como “Ley Caballo de TROYA”, tornando la práctica del aborto obligatoria, en todos los hospitales de la red de SUS.
Retomando la discusión sobre la legitimidad, o no, del aborto, cuando la gravidez es consecuencia de un acto de violencia sexual, comprendemos que cuando la mujer no se sienta con estructura psicológica para gestar y criar al hijo, la ley debería facilitar y estimular la donación del niño después de nacido, en vez de promover cobardemente su exterminio en el útero.
El Espiritismo, considerando el lado transcendente de las situaciones humanas, estimula a la madre a llevar adelante la gravidez y hasta mismo la cría del hijo, superando el trauma del estupro, porque aquel Espíritu reencarnante tendrá posiblemente un compromiso pasado con la genitora.
Sería de buen recuerdo al gobierno tener departamentos especializados de amparo material y psicológico para todas las gestantes, en especial, las que cargan la sobrecargada prueba del estupro. Por tanto, es perfectamente lógico que el aborto en apoyo de estupro no debía ser autorizado, porque el bebe no puede ser punido por hechos no deseados que determinaron su génesis.
Otra cuestión defendida por los homicidas de bebes es el aborto “terapéutico”. Si el aborto, en tiempos remotos, era cometido a pretexto de “terapia”, obviamente se debía a la ignorancia médica. El aborto, aunque supuestamente “terapéutico” es un crimen. ¿Además, porque obstruir el método reparador que las Leyes del Creador infligen al espíritu que se reencarna con deficiencia? ¿Será licito detener el camino evolutivo, en razón de la insensatez de los exterminadores de bebes en el útero?
¿Que expone el Espiritismo sobre las consecuencias para el Espíritu abortado? Nos explican los Benefactores del más allá, que es una existencia nulificada y que el (el abortado) tendrá que recomenzar el proceso reencarnatorio. Por lo tanto la provocación del aborto en cualquier periodo de la gestación es delito gravísimo, es una transgresión a la ley de Dios.
Una madre, o quien quiera que sea, cometerá un crimen siempre que quite la vida a una criatura antes de su nacimiento, por eso que impide a un alma de pasar por las pruebas que le servirían de instrumento al cuerpo que se estaba formando. La exclusiva y peculiar resalvo seria cuando la gravidez pusiese en riesgo la vida de la madre, en ese caso habrá la intención de salvar a la madre, pues es preferible se sacrifique al ser que aun no existe a sacrificarse lo que ya existe. (1)
No nos engañemos, si en Brasil fue legalizado la práctica del aborto, la “Patria del Evangelio” sufrirá, los resabios amargos ante la Ley de Acción y Reacción, y todas las demás consecuencias sobrevenidas de tal flagelo moral.
Jorge Hessen
Referência bibliográfica:
(1) Kardec, Allan. O Livro dos Espíritos, questões 357 , 358 e 359, RJ: Ed. FEB, 2001
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