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quinta-feira, 1 de outubro de 2009

EDUCACIÓN RELIGIOSA EN LAS ESCUELAS PÚBLICAS - ¡ESPIRITAS! NO MATRICULEN A A SUS HIJOS (18.09.09)


Traducido por: Merchita

Es preocupante el acuerdo firmado entre Brasil y el Vaticano, en el 2008, ya aprobado por la Cámara, estableciendo compromisos jurídicos, entre los cuales el de enseñanza pública religiosa. ¿Aunque pese a ser un acuerdo que afirma la "laicidad" de la estructura constitucional del país, será verdad eso? El propio Ministerio de Educación critico ese punto, una vez que la Ley de Directrices y Bases de la Educación, al referir sobre enseñanza religiosa, no cita ninguna fe especifica y, también, prohíbe la promoción de una religión.

La enseñanza religiosa en las escuelas fue instituido por la Nueva Ley de Directrices y Bases de la Educación, en su artículo 33, de la Ley nº 9.394, de 1996, cuya redacción fue substituida por la Ley nº 9.475, de 1997, que consigna lo siguiente: "La enseñanza religiosa, de matricula facultativa, es parte integrante de la formación básica del ciudadano y constituye disciplina de los horarios normales de las escuelas públicas de enseñanza fundamental, asegurando el respeto a la diversidad cultural religiosa de Brasil, vedadas cualquier forma de proselitismo." Sin embargo, afirmamos que una enseñanza religiosa, difícilmente, será, un hecho, ecuménico. Eso es arrobo utópico de los soñadores del deber.

El modelo constitucional brasileño en vigor instituido a la ·laicidad" del Estado brasileño, garantiza la libertad religiosa a toda ciudadanía. Sin embargo el conocimiento del acuerdo con la "Santa Sede", por el Congreso Nacional, implicará en grave retroceso al ejercicio de las libertades y a la efectividad de la pluralidad, en cuanto al principio fundamental del estado.

Creemos que la escuela pública no es, y nunca debe ser lugar de enseñanza religiosa. La enseñanza religiosa en las escuelas públicas es razón de nefasta dictadura. Somos, cabalmente, contra ese tipo de enseñanza en las escuelas públicas, hasta porque, los profesores jamás van a conseguir ser imparciales. Por tanto, la enseñanza propuesta es inviable, hiere la dignidad de nuestras criaturas, recordando, aquí que la opción por una religión es personal, y debe ser respetada en el máximo límite de la libertad de credo. Otra cosa extraña: Es un insulto al estado de derecho que una religión reciba recursos públicos para hacer su proselitismo.

Sobre eso, la Federación Espirita Brasileña, en el final de la década de los 90, esclareció, a través de su presidente, Juvanir Borges, que la Ley nº 9.475, era propenso hablar de la inconstitucionalidad. La Ley dio nueva redacción al artículo 33, de la Ley nº 9.394 (que instituyo la enseñanza religiosa en las escuelas públicas de enseñanza fundamental). Sin embargo, al darle nueva redacción, excluyo la expresión sin obligación para el poder público, intentando que la enseñanza religiosa pueda ser subsidiada o remunerada por el erario público. Con base en la posición asumida por el Consejo Federativo Nacional, en reunión plenaria del 9 de noviembre de 1997, la FEB. proponiendo que la enseñanza religiosa debía ser administrada en el hogar y en el Centro Espirita, recomendó a las Instituciones Espiritas de todo el país que orienten a los padres para que declaren, expresamente, en el acta de matrícula de los alumnos espiritas, en las escuelas públicas de enseñanza fundamental, que ellos no asistieron a las aulas de enseñanza religiosa, bajo cualquier hipótesis.

Reflexionemos juntos: ¿Qué podrá abordar en su aula el profesor de Enseñanza Religiosa? ¿Cómo él estaría o está siendo capacitado? Somos favorables a la prescripción definitiva de la dimensión religiosa en la escuela pública, para que no ocurra el dominio de las conciencias infantojuveniles. Imagine, como hipótesis, un profesor fundamentalista que predica: "fuera de mi religión no hay salvación". Con tal sujeto, no hay dialogo posible.

La Religión corresponde a una exigencia natural de la condición humana y a una exigencia de la conciencia humana y pertenece, de manera, irrevocable, al campo del conocimiento. De este modo, debemos mantenerla restricta a los centros espiritas (para los espiritas), en el hogar, y, sobretodo, desprovista de ropaje impropio de sectarismo. El núcleo familiar es el primer grupo social del cual participamos y recibimos, no solamente, herencia genética o material, más, principalmente, moral. La enseñanza religiosa, ahí, tiene un papel importantísimo en la formación del individuo, o mejor, en la formación de la persona como un todo. Vivimos en un mundo globalizado, donde la individualidad y el materialismo consumista han ocupado la primacía de varios ambientes familiares. Por eso, la enseñanza religiosa (del Evangelio) en el Centro Espirita o en la familia permite el individuo se sumerja más allá de ese momento inmediato, llevándolo a una dimensión que solamente la Inteligencia Suprema puede ofrecer, o sea, la transcendentalidad.

¿Duda alguien que la intolerancia religiosa exista en Brasil? En el mayor país católico del mundo presenciamos una beligerante disputa de los fieles. La Iglesia Católica "pierde" adeptos para los pentecostales, los cuales sintonizan con los dioses del candombe y de la umbanda. La Renovación Carismática Católica viene ganando adeptos, el Espiritismo continua con marcada presencia y, en medio de todo eso, la Nueva Era, se torna cada vez, más evidente. "Las religiones brasileñas se encuentran de forma intransigente en la disputa de ese mercado de bienes simbolicos". En ese contexto, el Estado tiene que celar por la legislación, defendiendo el principio de la libertad religiosa. ¡Sin embargo, es fácil percibir que el Estado brasileño no es así tan laico! Sufre influencias religiosas, principalmente de la Iglesia Católica, motivo por el cual muchos evangélicos están queriendo conquistar ese lugar. En el 2005, en un anuncio de abertura de concurso para profesores de enseñanza religiosa de las escuelas públicas, de importante estado brasileño, las 500 becas ofrecidas fueron separadas de la siguiente forma: 342 para el credo católico, 132 para el credo evangélico y 26 para profesores de los demás credos. Ese anuncio hediendo deja clara la característica profesional de la educación religiosa.

El estado no tiene medios de ofrecer una enseñanza religiosa que atienda a todos los tipos de credos. Por otro lado, si eso aconteciese, no habría sentido, porque eso, como vimos, es papel de la religión y de la familia y no de la escuela. Religión, desde el punto de vista del Estado y de los derechos de ciudadanía, debe ser entendida como tema de fuero intimo del individuo, alojado allí, junto a la libertad de conciencia y de opinión y… ¡Punto final!

Los derechos humanos y la ética son contados que pueden y deben integrar el proyecto político-pedagógico de la escuela, sin que sea necesario envolver contenidos religiosos. Intentar travestir la religión con el ropaje de contenido escolar, y viceversa, es des servir a la formación moral de la criatura y del adolescente, así como desestabilizar a la propia Nación. Delante de la diversidad existente en nuestro país, es central que esta cuestión sea, nuevamente, discutida en el sentido de que no haya ya más, en las escuelas públicas, espacios para la predicación/enseñanza de creencias religiosas patrocinadas por el poder público. No cabe al Estado destinar energía y dinero para ese fin, siendo, eso, una responsabilidad de las Instituciones religiosas y de la familia. Nuestro País necesita preservar la condición de Estado laico y debe asumir una neutralidad positiva en lo que se refiere al abordaje de temas relacionados a la religiosidad y sus embates con otras esferas de la sociedad.

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