A LUZ NA MENTE

A LUZ NA MENTE
USE O QR CODE

segunda-feira, 28 de setembro de 2009

QUE ES EL CASAMIENTO RELIGIOSO EN LA DOCTRINA ESPÍRITA? (19.02.06)

Traducido por: Merchita
E-mail: merchita926@telefonica.net


Recientemente, colegas nos preguntaron si podría y como seria realizado un casamiento en un centro espirita. Considerando que el asunto es de alta gravedad y de gran repercusión, deliberamos escribir el presente texto recordando a los consultantes, sin mucha demora, que no existe un "casamiento espirita" en una casa espirita.

El Espiritismo es una doctrina filosófico religiosa, con aspectos científicos y consecuencias éticas y morales, más no se constituye en una estructura clerical formalizada. De esta forma, a diferencia de otras corrientes religiosas, no comporta en sus prácticas ninguna ceremonia, rito, o aspecto específico ligado al casamiento. O sea, no hay ceremonia de casamiento religioso espirita.

"El Espiritismo no tiene sacerdotes y no adopta y ni usa en sus reuniones o en sus practicas: altares, imágenes, velas, ornamentos, procesiones, sacramentos, concesiones de indulgencia, paramentos, bebidas alcohólicas o alucinógenas, incienso, humo, talismanes, amuletos, horóscopos, cartomancias, pirámides, cristales o cualquier otros objetos, rituales o formas de culto exterior". (1)

Por muchas razones, no hay espacio en el universo doctrinario para la celebración de un "casamiento religioso espirita" porque hasta, si el Espiritismo tiene su pilar religioso es, sin embargo, destituido de rituales o formas de culto exterior, tornándose, por tanto, incompatible con la celebración de la ceremonia formal y ritualizada del casamiento, que exige obligatoriamente una carga de formalidades en su celebración. Con todo "es inadmitida la relación de actos formales dentro de la Doctrina Espirita" (2) A rigor el casamiento es un contrato jurídico solemne, eminentemente formal. "Esto quiere decir que tal acto debe ser siempre acompañado de formulas o formalidades, hasta mismo porque no hay casamiento sin ceremonia formal, aun que varié el ritual seguido<´/i>" (3)

Muchos ingresan para las huestes del Espiritismo y luego se sienten tentados a introducir sus hábitos a la realidad doctrinaria. Hay, por eso, los que pretenden tener un bautismo espirita; hay aquellos que aguardan ansiosamente por realizar un casamiento espirita; y lo que decir de un confesionario "mediunnico" y los paramentos especiales para los dirigentes de los centros?

Existen aquellos que se esfuerzan en el camino "legal". Es importante aguzar la vigilancia hasta porque "intentar utilizar el Poder Judicial para asignar la celebración del "casamiento religioso espirita", como acto autentico del Espiritismo, "seria violar la libertad de creencia protegida constitucionalmente de los adeptos del Espiritismo, al imponer o asignar por las vías judiciales un ritual que no es admitido en hipótesis alguna dentro del Espiritismo codificado por Allan Kardec." (4)

Más, en el Espiritismo aun mismo teniendo fundamentos religiosos (repetiremos eso mil veces), no se admite la practica de rituales. No existe autoridad religiosa o sacerdotal espirita. Por tanto, "casamiento religioso espirita" es un contrato jurídico inexistente. Con mucha lógica el Poder Judicial no autoriza el registro civil del mencionado "casamiento espirita", bajo el fundamento de que el presidente de un centro espirita no se constituye como una autoridad religiosa.

¡A propósito! ¿Un presidente del centro espirita puede ser investido en la calidad de autoridad religiosa o sacerdotal espirita?, ¡Bien! Si sigue la coherencia de los postulados espiritas, no puede ser investido en la calidad de autoridad religiosa o sacerdotal. No se puede hablar de sacerdote o autoridad religiosa en el Movimiento Espirita, ya que la noción de autoridad supone la existencia de jerarquía religiosa entre sus adeptos o entre las instituciones espiritas, lo que no es aceptable.

Por ese simple hecho no es posible realizar un casamiento espirita, ni mucho menos buscar el reconocimiento civil de este acto. Precisamos, por tanto, ser enfáticos y recordar muchas veces que nos e admite en el Espiritismo, bajo ninguna hipótesis, la figura de esa autoridad religiosa o sacerdote espirita para validar una ceremonia de casamiento. Por eso mismo no le puede ser atribuida valided civil exactamente por no tener el Espiritismo una casta de sacerdotes, ni un celebrador investido de autoridad religiosa.

Precisamos admitir que no es posible ser espirita y. al mismo tiempo, esposar principios contrarios al Espiritismo. Veamos por lógica: si el Espiritismo es una Doctrina que no admite, por ejemplo, el culto a las imágenes, y si alguien, a pesar de leer y comprender la doctrina adora imágenes y "cree en el fuego del infierno y otros dogmas irreconciliables con el Espiritismo, evidentemente no es espirita. Quien así piensa puede ser simpatizante, más no es adepto a la doctrina " (7) A los hechos citados, no queremos radicalizar y afirmar que el espirita no pueda realizar una reunión social fraterna para el evento. En lugar del sacerdote, será un amigo el que realizará una oración a favor del matrimonio y, en lugar de la iglesia, utilizará los espacios del hogar, o un local adecuado para reunir a los amigos y familiares. No debe, en hipótesis alguna, utilizar las instalaciones del centro espirita. Todo es cuestión de lógica doctrinaria

Jorge Hessen
E-Mail: jorgehessen@gmail.com

Site: http://jorgehessen.net


FONTES:
1- www.febnet.org.br
2- Deolindo Amorim. El Espiritismo y las Doctrinas Espiritualistas, CELD, 6ª ed., 1996, p. 97 - "El Espiritismo no tiene culto material; El Espiritismo no tiene ritual; El Espiritismo no prescribe cualquier forma de paramento ni comporta el formalismo de funciones sacerdotais."
3- Camilo de Lelis Colani Barbosa. Derecho de Familia - Manual de Derechos de la Boda, Suprema Cultura, 1ª ed., 2002, p. 37.
4- Deolindo Amorim. Ob. Cit., p. 230 - "Lo que no es posible es justificar un ritual espírita,...".
5- Exmª. Desembargadora Lucy Lopes Moreira - Corregedora-General de Justicia del Estado de la Bahia - en consonância con el Espiritismo codificado por Allan Kardec, con la Ley y con la Constitución Federal de 1988, actuó correctamente al indeferir el requerimento que pretendía atribuir efectos civiles a una ceremonia de matrimônio realizada pressupostamente bajo la chancela del Espiritismo.
6- Disponible en acessado en 17/02/2006 7- Deolindo Amorim. Ob. Cit., p. 149.

Um comentário:

  1. This is Good Post.mibodaenlas vegas must set in place one reminder on your awesome article for future readings. I’m

    wondering if there could be any updates soon? Thank you for the interesting blog on the area

    Como me puedo casar en Las Vegas

    ResponderExcluir

¿ARMAS DE FUEGO PARA QUÉ? ESTAMOS POR LA PAZ Jorge Hessen

Traducido por: Mercedes Cruz Reyes  Madri/Espanha Un encuentro entre jóvenes, en un condominio de lujo de Cuiabá, se tornó una tragedia el d...